A- de 2023
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante De Oficio·Demandado Rodriguez Corredor Leonardo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre la Fiscalía 22 Seccional de Vida e Integridad personal de Cúcuta y el Juzgado 86 de Instrucción Penal Militar de la misma ciudad.
La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en una investigación penal por el delito de tentativa de homicidio del que habría sido víctima un ciudadano por parte de uniformados de la Fuerza Pública.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones encontró la Corte que no se satisfizo el factor subjetivo y, por ello, se declaró inhibida para emitir pronunciamiento de fondo y dispuso enviar el expediente a la Fiscalía 22 Seccional de Vida e Integridad personal de Cúcuta, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los demás sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver el conflicto de jurisdicciones entre la Fiscalía 22 Seccional de Vida e Integridad personal de Cúcuta (Norte de Santander) y el Juzgado 86 de Instrucción Penal Militar de Cúcuta, ante el incumplimiento del presupuesto subjetivo requerido para su configuración.
- SEGUNDO. REMITIR expediente CJU-4173 a la a la Fiscalía22 Seccional de Vida e Integridad personal de Cúcuta (Norte de Santander) para lo de su competencia, en los términos expuestos en esta providencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 86 de Instrucción Penal Militar de Cúcuta (Norte de Santander) y a los demás sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.